La implementación progresiva de la Ley de Plásticos de un Solo Uso exige cambios reales en la operación de comercios y restaurantes.
Contactanos arrow_forwardLa Ley 21.368, conocida como Ley de Plásticos de un Solo Uso (PUSU), regula la entrega de productos plásticos en establecimientos que comercializan alimentos y bebidas, con el objetivo de reducir la generación de residuos y el impacto ambiental asociado.
La Ley PUSU impacta directamente a diversos actores del sector comercial y productivo, exigiendo adaptación y responsabilidad medioambiental.
Deben eliminar determinados productos plásticos y ofrecer alternativas reutilizables dentro del local.
Están sujetos a restricciones en la entrega de cubiertos, bombillas y envases plásticos desechables.
Deben cumplir regulaciones específicas relacionadas con botellas retornables y otros productos similares.
Deben garantizar el cumplimiento de los estándares exigidos por la normativa vigente aplicable.
El incumplimiento de la Ley PUSU puede generar consecuencias legales y financieras directas para tu negocio:
El incumplimiento puede derivar en multas de hasta 20 UTM por cada infracción detectada por la autoridad competente.
Las municipalidades pueden realizar controles y supervisiones constantes para verificar el cumplimiento de la normativa vigente.
Los consumidores tienen la facultad de denunciar incumplimientos directamente ante las autoridades correspondientes.
Las infracciones pueden derivar en procesos ante juzgados de policía local, con eventuales sanciones adicionales.
Adaptarse a la Ley PUSU puede representar importantes beneficios estratégicos para el desarrollo de tu negocio:
Cumplir con la normativa permite proyectar una imagen alineada con prácticas responsables y compromiso ambiental.
Adoptar medidas sostenibles genera diferenciación frente a la competencia dentro del mercado actual.
La implementación de buenas prácticas fortalece la imagen institucional y aumenta la credibilidad empresarial.
Los consumidores valoran marcas comprometidas, lo que favorece relaciones duraderas y mayor lealtad.
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La normativa prohíbe la entrega de ciertos productos plásticos desechables en locales de expendio de alimentos, como cubiertos, bombillas, revolvedores y envases de poliestireno expandido (plumavit), promoviendo alternativas reutilizables o compostables certificadas.
Productos reutilizables o compostables que cumplan certificación vigente.
El reglamento que detalla las obligaciones y exigencias de la Ley N° 21.368 se publicó en el Diario Oficial el 7 de enero de 2026, dando paso a nuevas obligaciones de manera progresiva. A partir del 13 de febrero de 2026 empezaron a regir algunas de las exigencias más amplias para restaurantes, supermercados y otros establecimientos relacionados con plásticos de un solo uso.
Las empresas deben revisar sus procesos de compra y entrega de productos, reemplazar plásticos prohibidos por alternativas autorizadas y capacitar a su personal para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.